La sustracción de menores: qué es y cómo actuar cuando sucede

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Al contrario de lo que a priori puede parecer, la sustracción de menores es cada vez más frecuente en nuestra sociedad. De hecho, de muchos casos se han hecho eco los medios de comunicación. Son situaciones que implican normalmente un alto grado de dolor y frustración, por lo que conocerlas en profundidad resulta fundamental para superarlas con éxito.

¿En qué consiste el delito de sustracción de menores?

La sustracción de menores es más habitual en los casos de separación o divorcio, ya que suelen ir acompañados de distintos conflictos entre los miembros de la pareja. El delito consiste en que uno de los progenitores decide llevarse al hijo en común sin el consentimiento del otro, ya sea antes de que se dicte la sentencia sobre la custodia y el régimen de visitas o con posterioridad a la misma.

 

La diferencia entre la sustracción de menores y el secuestro de menores es que con la primera no se pretende obtener un rescate a cambio de la devolución del menor, como sí sucede con el secuestro. 

 

Entonces, ¿por qué lo hacen? Las intenciones, normalmente, son conseguir un cambio de domicilio del menor o privar al otro progenitor de su derecho a relacionarse con él. Para evitar que esto llegue a ocurrir, es necesario conocer lo delicadas que son estas situaciones, que se pueden prevenir con medidas cautelares

 

En cualquier caso, lo que se pretende con esas medidas y, sobre todo, con la aplicación de la figura del delito de sustracción de menores de nuestro Código Penal es proteger los derechos de los niños.

 

Requisitos para poder hablar de sustracción de menores

La motivación principal de alguien que opta por la sustracción de un menor es apartarlo del otro progenitor, rompiendo la convivencia de forma abrupta y evitando que la relación entre ambos se mantenga.

 

En particular, para que se pueda hablar de sustracción de menores es preciso que se den estos requisitos:

  • Que no medie una causa justificada ni motivos suficientes como para retener o trasladar al menor.
  • Que la conducta del progenitor consista en la retención del menor, incumpliendo los deberes que impone la sentencia.
  • El traslado del niño a otra residencia sin consentimiento del otro progenitor o de quienes están a su cargo.

¿Qué penas se establecen para el delito de sustracción de menores?

El Código Penal tipifica y sanciona el delito de sustracción de menores con penas proporcionales a su gravedad. Así, con carácter general, la prevista para este delito es una pena de prisión de entre 2 y 4 años, más la inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad durante un periodo que oscila entre los 4 y los 10 años.

 

La ley también prevé la agravación de estas penas cuando la sustracción del menor se realice llevándolo al extranjero. En esos supuestos, la pena anterior se impone en su mitad superior.

 

Por el contrario, se determina una atenuación de la pena si se restituye al menor en un plazo de 15 días desde la denuncia. Hablamos, entonces, de penas de cárcel de entre 6 meses y 2 años

 

Además, la ley permite que quede sin castigo la sustracción de menores cuando se lleve a cabo durante menos de 24 horas desde la denuncia. O más tiempo, pero dando cuenta del paradero y prometiendo su devolución.

 

¿Qué tipos de sustracciones de menores existen?

Este delito se puede cometer de diversas formas. Por ejemplo, a través de las siguientes acciones:

  • El cambio de domicilio no consentido, cuando el menor es trasladado a otra casa sin el consentimiento del progenitor, que es con quien el menor vive.
  • La retención del menor por parte de uno de los progenitores, que aprovecha el régimen de visitas acordadas en la sentencia judicial para retenerlo por la fuerza, violentando la sentencia judicial.
  • El traslado del menor fuera de España, sin previo consentimiento.
  • Impedir a la otra parte ejercer su derecho de visitas cuando el hijo reside en otro Estado (que ya hemos visto que se considera también un agravante).

En concreto, para facilitar las gestiones en estos delicados casos de sustracción de menores en el extranjero, España ha suscrito varios convenios internacionales. Estos son algunos ejemplos:

¿Quiénes son susceptibles de cometer este delito?

 

Hasta ahora, hemos hablado únicamente de los progenitores. En teoría, la sustracción puede realizarla tanto el progenitor no custodio como el progenitor que tenga la custodia, o cualquiera de los dos si hay custodia compartida. Pero este delito de ámbito familiar no se limita solo a ellos, sino que puede ser cometido por otros miembros de la familia.

 

De esta forma, se castiga con las mismas penas a otros familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad

 

¿Cómo denunciar la sustracción de menores?

Lo normal es que quien sea testigo y sufra la sustracción de un menor sienta una preocupación demasiado grande como para tener sangre fría. Sin embargo es preciso tratar de mantener la calma. Lo primero, sin duda, es contactar con el otro progenitor para averiguar si el retraso o la ausencia del menor tiene alguna justificación. Si no contesta, te recomendamos entonces contactar con algún familiar cercano.

 

Tras esperar un tiempo prudencial (quizá, 2 o 3 horas), resulta conveniente acudir a la policía, que aconsejará sobre la posibilidad de interponer una denuncia. Si finalmente se decide denunciar, se acompañará el escrito con la sentencia que atribuye la custodia o el derecho de visitas.

 

Por otra parte, si tienes la sospecha de que tu hijo o hija puede salir de España, deberías solicitar a través de tu abogado las medidas cautelares de retención del pasaporte y prohibición de salida. Y, si ya se ha confirmado que está fuera del país, se deben iniciar los trámites para solicitar la restitución internacional. Esta solicitud se realiza mediante un formulario estándar y se tramita a través del Ministerio de Justicia de España.

 

Ahora bien, esta recomendación se aplica solo si el menor ha sido trasladado a un país firmante del Convenio de la Haya. Si el niño se encuentra en otro diferente, el Ministerio de Justicia no tendrá competencias. Lo que deberás hacer es iniciar el procedimiento de restitución en el país donde creas que está tu hijo.

 

La solicitud de retorno no debe retrasarse, ya que si transcurre más de un año desde que el traslado tuvo lugar, el juez del país de destino puede denegar la restitución estimando que el menor ya se ha integrado en el nuevo país.

 

¿Es posible la denegación de la restitución por parte de las autoridades nacionales?

El Convenio de la Haya establece que el juez competente es el del país de residencia habitual del menor. En consecuencia, los tribunales extranjeros no pueden decidir sobre el caso. Sin embargo, dicho convenio también establece excepciones y permite a las autoridades del país de destino denegar la restitución del menor en determinados casos. 

 

Por ejemplo, si se demuestra que el denunciante no ejercía correctamente la custodia, si el menor corre riesgos físicos o psíquicos en caso de devolución o si él mismo se opone a su vuelta.

 

Como bien puedes imaginar, estos casos pueden llegar a ser muy dramáticos. Contar con el asesoramiento de un abogado experto te resultará de gran ayuda, sobre todo si el profesional acumula amplia experiencia en la materia.


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